EL TRIBUNAL DE CUENTAS
El Tribunal de Cuentas,
con sede en Madrid, es un órgano reconocido en la Constitución que tiene
dos funciones básicas:
· la de
fiscalización, de carácter externo, permanente y consuntivo, que se concreta en
el conjunto de actuaciones tendentes a comprobar el sometimiento de la
actividad económico-financiera del sector público a los principios de
legalidad, eficiencia y economía; y
·
la de enjuiciamiento contable, de naturaleza
jurisdiccional, consistente en juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en el ámbito
de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el
manejo de bienes, caudales o efectos públicos.
Pues bien, en el caso del
Ayuntamiento de Cangas del Narcea, sin perjuicio de su función de fiscalización,
el Tribunal de Cuentas ha tenido que ejercitar también su función de enjuiciamiento.
Me explico, durante el
gobierno de Zapatero se pusieron en marcha un conjunto de medidas de política económica cuyo objetivo
fue el de impulsar la actividad económica del país,
movilizando grandes cantidades de dinero público (se dice que más de 8.000 millones de euros), para hacer
frente a la crisis económica originada
tras el pinchazo de la burbuja inmobiliaria y financiera
global.
Con cargo a dichos
fondos públicos, los regidores locales en la época del “cuatrienio negro”
(2007-2011) sufragaron una serie de obras entre las que se encuentran las de
depuración, saneamiento y pavimentación del pueblo de Fondos de Villa, de saneamiento
y pavimentación del pueblo de Villar de Naviego, de acondicionamiento y mejora
de camino entre los pueblos de Besullo y Pumar de las Montañas, de mejora dela
red de distribución del pueblo de Las Cuadriellas de Villaláez y de nuevo
depósito regulador del núcleo de Besullo.
Tras la llegada del nuevo
Alcalde (2011-2015), algunos vecinos de los pueblos en los que se ejecutaron
las obras en cuestión acudieron al Ayuntamiento para expresar sus quejas por el
resultado de las mismas, ordenándose entonces a varios técnicos municipales que
comprobaran in situ la situación, lo
que motivó una serie de inspecciones -verdaderas auditorías de las obras
públicas- a resultas de la cuales los técnicos emitieron los correspondientes
informes poniendo de relieve que otros dos técnicos del Ayuntamiento habían
certificado en su día la realización de obras sin ejecutar, lo que supuso un
derroche de dinero público próximo a los 600.000,00 euros o, más exactamente,
se había dispuesto de semejante cantidad sin más justificación que unas
certificaciones de obra que luego se demostró que no se ajustaban a la realidad.
Así las cosas, el nuevo
Alcalde puso los hechos en conocimiento:
·
del Tribunal de Cuentas, cuya sección de fiscalización
ha dictado hasta la fecha:
o la Sentencia
de fecha 27 de mayo de 2015 que, en relación con las citadas obras de Villar de
Naviego, condenó al alcalde Martínez (IU) a reintegrar al Ayuntamiento de Cangas la
suma de 24.758,03 euros;
o la Sentencia
de fecha 23 de julio de 2015 que, en relación con las citadas obras de Las Escolinas,
condenó al alcalde Martínez (IU) a reintegrar al Ayuntamiento de Cangas la suma de 12.864,62
euros; y
o la Sentencia
de fecha 9 de marzo de 2016 que, en relación con las citadas obras de Las
Cuadriellas de Villaláez, condenó al alcalde Martínez (IU) a reintegrar al
Ayuntamiento de Cangas la suma de 9.007,92 euros.
·
y de la Fiscalía Superior del Principado de
Asturias, que terminó querellándose contra el alcalde de la época, dos técnicos
municipales y los responsables de todas las empresas que ejecutaron dichas
obras, por los delitos continuados de prevaricación, malversación de caudales
públicos y falsedad en documento oficial y mercantil (al alcalde y a los
técnicos municipales la fiscalía les pide penas de nada menos que 8 años de
prisión), cuyo juicio se celebrará el próximo mes de mayo en la Audiencia
Provincial de Oviedo.
Ante la inexplicable lenidad
del PSOE en un tema de ésta magnitud política, justo es reconocer al alcalde
Fontaniella (PP), y a su equipo de gobierno, el mérito en todo este asunto.
Es la primera vez que en
Cangas del Narcea se procede a auditar la obra pública, práctica que tendría
que ser siempre obligatoria en todas las administraciones para evitar la
dilapidación del dinero de todos los ciudadanos, de cuyos polvos, entre otros,
tenemos ahora este lodazal de país.
Me queda una duda. Las sentencias del Tribunal de Cuentas obligan al alcalde a devolver el dinero al ayuntamiento, pero ¿ dicho reintegro ya se efectuó o todavía está pendiente?.
ResponderEliminarLas tres Sentencias del Tribunal de Cuentas son firmes y ejecutorias pero, al parecer, el condenado en las mismas es insolvente.
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